Entonces ahora tengo que decir que el servicio médico que presta el ISSSTE y el IMSS son los mejores del mundo, que hay medicinas suficientes para en los hospitales, que no hay en México un niño con cáncer que carezca de sus medicamentos, que las obras el Tren Maya, el aeropuerto Felipe Ángeles y el Tren Interoceánico, así como la Refinería Dos Bocas, han puesto a México a la vanguardia de lo que deben hacer los países desarrollados…
No, definitivamente no, esas son mentiras que tienen origen en el gobierno de Claudia Sheinbaum que ahora, mediante lo que llama “derechos de las audiencias”, pretende restringir la libertad de expresión y tratar a los mexicanos como seres que no tienen la capacidad de determinar qué ver, qué leer y qué escuchar.
¿Puede el gobierno decirte qué debes ver, leer y escuchar? Constitucionalmente NO; solamente hay que consultar a la madre de las leyes y reglamentos que nos rigen, nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual en sus Artículos 6º y 7º aclaran las intenciones de los censores de la 4T:
El Art 6º dice: "La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa..."
El Art 7º dice: "Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos... Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura".
Y si esos artículos no fueran suficientes, la Suprema Corte ya fijó jurisprudencia al afirmar: "Las medidas cautelares que restringen el ejercicio de la libertad de expresión e información, constituyen actos de censura previa... será obligado concluir que es inconstitucional. Los jueces sólo pueden determinar responsabilidades ulteriores".
Es decir, en México está prohibida la censura previa. El Estado sólo puede sancionar DESPUÉS de que algo se difundió, si viola la ley, y con juez de por medio. No puede impedir que algo se transmita antes.
El Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos — que es ley suprema en México — dice lo mismo.
El proyecto de “derechos de audiencias” exige que la información tenga "contexto", que se diferencie "información de opinión", que no sea "discriminatoria". ¿Dónde termina la información y empieza la opinión? ¿Qué es contexto correcto? Eso es valoración política, no jurídica. Si lo define el gobierno, es censura.
…Y quién le autorizó al gobierno determinar cuestiones que determinen la información y cómo debe ser presentada, por qué no el gobierno se dedica a gobernar, a dar seguridad a los mexicanos, a crear condiciones de inversión para que los mexicanos tengan empleos bien renumerados; por qué el gobierno no dedica los recursos económicos para que verdaderamente haya en México, un servicio médico que responda a las necesidades de los mexicanos y se quita de estar determinando que publican y que no deben publicar los medios de comunicación, que además, las leyes mexicanas ya determinan culpabilidad en contra de las informaciones que se hacen públicas y que dañan a terceros.
Quién juzga es juez y parte: Las controversias las fallaría la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, con 5 miembros designados por mayoría simple en el Senado a propuesta de Presidencia. Es decir, vinculada a la fuerza política en el poder. No es un órgano autónomo como era el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Es el gobierno regulando a sus críticos.
Los “derechos de las audiencias” que se pretenden por parte del gobierno de Claudia Sheinbaum, son censura por donde quieran verse.
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