La propuesta de la diputada Selina Trujillo considera agravantes para alcanzar estas penas, como que la víctima indirecta sea una persona menor de edad, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.
La iniciativa busca la pérdida de la patria potestad en casos de violencia extrema, incluida la familiar y sus modalidades.
La diputada Selina Trujillo Arizmendi (morena) propuso tipificar penalmente la violencia vicaria y sancionar a quienes la perpetren con hasta 10 años y medio de prisión, y hasta 900 días de multa, considerando agravantes como que la víctima indirecta sea una persona menor de edad, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.
Estas sanciones también serán aplicables cuando el sujeto activo sea persona servidora pública y utilice su posición para cometer el delito; exista reincidencia en la comisión de violencia familiar o de género; el ilícito se cometa durante o después de un proceso legal relacionado con custodia, visitas o pensión alimenticia; y cuando la víctima se encuentre en estado de embarazo.
De acuerdo con la iniciativa para reformar el Código Penal estatal, se configurará la violencia vicaria cuando se amenace, manipule o aleccione a las hijas o hijos en contra de la víctima; impute falsamente hechos delictivos con el fin de obstaculizar el contacto entre la víctima y sus descendientes, ascendientes o dependientes; y cause daño físico, psicológico, emocional o patrimonial a las personas cercanas a la víctima, como medio para menoscabarla.
De igual manera a quien sustraiga, retenga u oculte a las hijas o hijos sin causa justificada; y provoque dilaciones procesales injustificadas en procedimientos familiares o penales con el objeto de generar desgaste emocional, económico o psicológico a la víctima, por lo que se aplicarán penalidades de hasta siete años de prisión y seiscientos días multa, así como el tratamiento psicológico-psicoterapéutico, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que se consumen.
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